Fuente: https://www.larepublica.co/economia/las-pagos-que-debera-recalcular-con-el-incremento-anunciado-de-la-uvt-para-2023-3492884

Las multas de tránsito, que hasta 2021 se calculaban en salarios mínimos diarios legales vigentes, también fue otra de las tarifas que se comenzaron a indexar con la UVT

Luis Carlos Reyes, director de la Dian, confirmó que la Unidad de Valor Tributaria (UVT), se incrementará en $4.408 para 2023. Esta figura, importante a la hora de medir los rangos de las personas que deben o no pagar impuestos y otro tipo de tasas y obligaciones, llegó a un valor de $42.412, se aplicará desde el primero de enero, y tuvo su mayor aumento desde que existe en el estatuto tributario.

Reyes afirmó a modo de explicación que la UVT “es la unidad en la que se expresan las normas tributarias” y que esta se actualiza cada año, al tener en cuenta la inflación, para que las normas se rijan a ella automáticamente sin necesidad de modificarlas.

Obligaciones que se indexarán
Entre los principales usos de esta unidad, en cuya definición se estable que su fin es unificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, está fijar los nuevos valores de tarifas como los impuestos a cargo de la Dian, las multas, retorno de inversiones, créditos de consumo, educativos, etc.

Quienes sean responsables del impuesto al patrimonio, por ejemplo, verán modificados los topes a partir de los cuales pagan una tarifa en específico.

Por ejemplo, para la nueva reforma tributaria se establece que serán responsables de este impuesto quienes tengan una riqueza superior a $2.736 millones. Sin embargo, con la nueva UVT esta ‘base’ sería de $3.053 millones, es decir, más de $300 millones de diferencia entre una UVT y la otra.

Las multas de tránsito, que hasta 2021 se calculaban en salarios mínimos diarios legales vigentes, también fue otra de las tarifas que se comenzaron a indexar con la UVT.

Infracciones que respondan a la categoría A, que para 2022 se situaron en 3,47 UVT ($132.160), ahora costarían -teniendo en cuenta las mismas UVT- , lo cual sería cerca de $147.170.

Este aumento, de casi $15.000, representa fidedignamente la inflación que vive el país, la cual, para fin de año, podría cerrar en 12%. Cuando se tiene en cuenta la tarifa de 2022 y se compara con la que regirá en 2023, el aumento es de 11,35%.

Los créditos de bajo monto y leasing también se verán modificados con el cambio en la UVT. Este año, con el Decreto 1459 se modificó su cupo máximo que pueden solicitar los naturales y se dejó en 106 UVT.

Con el cambio en esta unidad, la suma que diferenciaría su consumo de bajo monto de uno que no lo fuera, habría pasado de $4,02 millones para 2022, a más de $4,49 millones en el próximo año.

Se debe aclarar que la Superintendencia Financiera podrá ampliar este margen de manera general, hasta 211 UVT. Anteriormente, estos montos correspondían de cuatro hasta ocho salarios mínimos legales mensuales vigentes (Smlmv).

Las tarjetas de crédito tanto en sus tasas como en sus ‘techos’ de consumo para declarar o no renta, también se rigen bajo la figura de las UVT.

Para 2023, siempre y cuando su consumo anual no supere los $59,37 millones con sus tarjetas, no tendrá que declarar renta al menos por ese concepto.

El Gravamen de Movimientos Financieros (GMF) o también conocido como 4×1000, también está sujeto a las UVT en cuanto a las cuentas exentas o el tope de movimientos bancarios para no ser responsable de este.

No serán responsables de este impuesto quienes mensualmente no superen las 350 UVT en transacciones que vayan desde retiros, pagos o consignaciones.

Una vez más haciendo la comparación, para este año que ya está próximo a terminar, esa cifra se hubiera tasado en alrededor de $13,3 millones; mientras que para el otro año se elevaría en más de $1 millón, a más de $14,84 millones.