Fuente: https://www.larepublica.co/economia/camara-y-senado-aprobaron-el-texto-conciliado-de-la-tributaria-pasa-a-sancion-presidencial-3230107

El proyecto de ley busca recaudar $15,2 billones a través de medidas permanentes; y cerca de $2,7 billones con fuentes transitorias

Luego de que la Comisión de Mediación dejara listo y radicado el texto conciliado de la reforma tributaria, en plenarias la Cámara de Representantes y el Senado aprobaron este documento final. Ahora el proyecto pasa a sanción presidencial para convertirse en Ley de la República.

El texto fue aprobado con 70 votos a favor y ocho en contra en la plenaria del Senado; y con 132 votos a favor y 22 en contra en la Cámara de Representantes.

Los encargados de hacer la conciliación fueron los senadores Juan Diego Gómez, David Barguil y Fernando Nicolás Araujo; y los representantes Wilmer Carrillo, Jhon Jairo Roldán y Óscar Darío Pérez.

Cabe mencionar que este proyecto de ley busca recaudar $15,2 billones a través de medidas permanentes; y cerca de $2,7 billones con fuentes transitorias, con lo que el monto alcanzaría a superar los $17 billones.

Dentro de las fuentes de recaudo, una de los ejes más importantes es la ‘solidaridad empresarial’, por lo que cerca de $10 billones se recaudarán a través de medidas como aumentar la tarifa de renta corporativa a 35%, establecer una sobretasa de renta al sector financiero y mantener el descuento del ICA en 50%.

Los cambios en el texto conciliado

En primera instancia, la Comisión de Mediación avaló la redacción del artículo 8 que fue aprobado en el Senado durante las plenarias. Este punto está relacionado con la valoración de bienes inmuebles para comercialización, que va a permitir la movilización de activos que han sido incautados al narcotráfico.

Luego, se acogió el texto del artículo 28 que se aprobó en la Cámara de Representantes, que tiene que ver con el apoyo a los sistemas de transporte masivo y sistemas estratégicos de transporte

Además de estos dos, los artículos 30, 33, 34, 44 y 52 se acogieron de forma idéntica en las plenarias del Senado y la Cámara.

Por un lado, en el artículo 30 se estableció que ninguna entidad territorial podrá contratar nuevas operaciones de crédito público cuando su relación de intereses/ahorro operacional supere 60% o su relación saldo de la deuda/ingresos corrientes supere 100%.

El artículo 33, por otro lado, tiene que ver con el otorgamiento de créditos directos de Findeter a las entidades territoriales para financiar gastos y/o proyectos de inversión en sectores sociales. Mientras que el artículo 34 está relacionado con las inversiones en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac); y el 44 establece la reducción transitoria de sanciones y de tasas de interés para los sujetos de obligaciones administradas por la Dian.

En cuanto al artículo 48, se acogió el texto del Senado. En este punto se establecieron medidas para la facilitación del pago de multas por infracciones a las normas de tránsito.