Sin duda, una de las mayores y más sonadas noticias tiene que ver con la rápida expansión del coronavirus a través de los países asiáticos y europeos y más recientemente en Latinoamérica (México, República Dominicana, Brasil y Ecuador), África y Medio Oriente. Distintas medidas se han venido adoptando tales como cierre de fronteras con China e Irán, lo mismo que cierre de fronteras internas para evitar la entrada y salida de personas, cierre de claustros académicos (escuelas y universidades), suspensión de eventos deportivos, culturales y religiosos, entre otros.

Aunque Colombia no reporta oficialmente casos, podemos decir que el coronavirus ya llegó al país y llegó con efectos económicos y financieros.

Ciertamente, con el rápido desarrollo del virus, muchos países han decidido cerrar empresas o limitar su actividad con medidas que afectan la economía mundial. Algunos sectores están más propensos a los efectos de virus, como es el caso del turismo y el transporte, sin dejar de pensar en aquellas empresas que dependen de la economía china, por importar sus productos (materias primas y productos terminados) de ese país. Movimientos de las bolsas de valores, fluctuaciones del dólar y el euro son materias directamente incididas y relacionadas.

En Colombia, por ejemplo, hay empresas altamente dependientes de las importaciones desde la China; hay otras que exportan hacia países asiáticos y que por efectos de la llegada del coronavirus se afectan. En fin, en la medida que el virus se expande se empiezan a evidenciar efectos en los negocios y en la economía en general, aspectos que deben ser considerados precisamente al preparar estados financieros bajo estándares internacionales.

Acorde con las NIIF, se hace necesario contabilizar y/o revelar los eventos ocurridos con posterioridad al cierre (NIC 10 y sección 32 Pymes). Los hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre el final del periodo sobre el que informa y la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación.

Directamente asociado con lo anterior, la evaluación del principio de negocio en marcha debe ser considerada ante la posible afectación de sus actividades que supongan un cese de las mismas. La NIC 1 (y la sección 3 NIIF Pymes) exige que al elaborar los estados financieros la gerencia debe evaluar la capacidad que tiene una entidad para continuar en funcionamiento. Una entidad elaborará los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, a menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista otra alternativa más realista que proceder de una de estas formas. Cuando la gerencia, al realizar esta evaluación, sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en los estados financieros. Cuando una entidad no prepare los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, revelará ese hecho, junto con las hipótesis sobre las que han sido elaborados y las razones por las que la entidad no se considera como un negocio en marcha.

Por supuesto, un elemento a considerar para la presentación de los estados financieros tiene que ver con el deterioro de valor de los activos a que se refiere la NIC 36 (y la sección 27 de las NIIF Pymes). En la emisión de estados financieros la entidad debe reconocer su capacidad para recuperar el valor de los activos, confrontando su valor razonable menos costos de disposición versus el valor en uso. Un activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros exceda del importe que se pueda recuperar del mismo a través de su utilización o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se presentaría como deteriorado, y la Norma exige que la entidad reconozca una pérdida por deterioro del valor de ese activo.

La NIC 2 y la sección 13 de las NIIF Pymes -inventarios- exigen determinar el valor neto realizable, es decir, el valor de venta menos los costos de vender versus el costo del activo, reconociendo como pérdida el menor valor neto realizable frente al costo.

La cartera también merece atención por proyección futura de potenciales pérdidas derivadas de recuperación de la misma. Recuérdese que las pérdidas de cartera se evalúan en función de pérdidas esperadas.

Todo lo anterior nos permite concluir que el coronavirus ya está presente en el país, Dios quiera que no en casos médicos, pero sin duda, está permeando la próxima emisión de estados financieros. Corresponde a los contadores públicos y a la gerencia de las entidades evaluar ese futuro para revelar o contabilizar lo que corresponda.

Y ya descendiendo al terreno tributario, debe evaluarse la habilidad para recuperar los impuestos diferidos activos, tal como lo exige la NIC 12 y la sección 29 de las NIIF Pymes.

En dimensión propiamente tributaria, las estimaciones no producen efectos, pero seguramente los tendremos a la hora de materializar pérdidas efectivas por deterioro o por incobrabilidad y en general pérdidas en enajenación de los activos. Recuérdese que el deterioro de valor de los activos será deducible al momento de enajenación del activo y que las provisiones son deducibles cuando surja la obligación correspondiente (artículo 105 ET).

En conclusión, ya se sienten los efectos del coronavirus y deben ser considerados todos estos y otros elementos en la emisión de estados financieros del cierre de ejercicio 2019. ¿Aló?

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