El incremento desbordado del impuesto predial en municipios y ciudades colombianas, el cual ha creado inconformismo entre los ciudadanos, llevó al representante Ángel Custodio Cabrera, de la Comisión Tercera, encargada de los temas económicos, a presentar un proyecto de ley para frenar los abusos con esta obligación tributaria.

Según el congresista, este año, el promedio de incremento de este tributo es del 25 por ciento, pero hubo casos en los que a los contribuyentes les subieron hasta el 500 por ciento. En consecuencia, la propuesta legislativa pone un tope de 10 por ciento anual.
 

De aprobarse la medida, esto sería aplicable para los terrenos urbanizables no urbanizados o urbanizados no edificados. Solo tres artículos tiene el proyecto, el cual también les da otro beneficio a los contribuyentes. Se trata de la aplicación del silencio administrativo, lo que hace referencia al derecho del propietario de un predio a pedir revisión de los avalúos catastrales que resulten de un proceso de actualización.
 

De esta manera, las autoridades tendrán 30 días hábiles tras la radicación de la solicitud para responder. Habrá otros 10 días de gracia, por si se requiere información adicional por parte del reclamante. Pero, señala el proyecto, “si se agota ese tiempo y no hay pronunciamiento por parte de la autoridad catastral, se entenderá que se acepta la solicitud con base en la cual se aplicará el nuevo avalúo”.
 

El tercer artículo trata otro de los temas que ha generado polémica en el país: la valorización. En este sentido, la iniciativa legislativa propone “el monto a pagar por contribución de valorización antes de descuentos no podrá exceder el monto a pagar por concepto del impuesto predial del mismo inmueble, siempre y cuando el avalúo catastral haya sido objeto de formación o actualización en los últimos tres años”. En los próximos días, el proyecto pasará a la agenda para sus respectivos debates.
 

VALORIZACIÓN TAMBIÉN SERÍA PUESTA EN CINTURA
 

Si el proyecto es aprobado, las autoridades tendrán 30 días hábiles para responder. Habrá otros 10 días de gracia, por si se requiere información adicional por parte del reclamante. Pero, señala el proyecto, “si se agota ese tiempo y no hay pronunciamiento por parte de la autoridad catastral, se entenderá que se acepta la solicitud con base en la cual se aplicará el nuevo avalúo”.
 

El tercer artículo trata de la valorización y propone que “el monto a pagar por contribución de valorización antes de descuentos no podrá exceder el monto a pagar por concepto del impuesto predial del mismo inmueble, siempre y cuando el avalúo catastral haya sido objeto de formación o actualización en los últimos tres años”.

Tomado de:portafolio.co