Fuente: https://www.dian.gov.co/Prensa/Paginas/NG-Contingencia-Parcial-Expedicion-de-Certificados-de-Origen.aspx

Aplicará a partir de la fecha y hasta la solución del inconveniente para la expedición de certificados.

Dada la persistencia con el inconveniente para la expedición de los Certificados de Origen, la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera decreta la contingencia parcial para la solicitud y expedición de todos los Certificados de Origen conforme lo señala el instructivo IN- COA-119 a partir de la fecha y hasta tanto se solucione el inconveniente.

Se deberá tener en cuenta que se expedirán los certificados en dos grupos:

a) Certificados de Origen con formas preimpresas:

Para los siguientes Acuerdos se expedirán en su formato preimpreso habitual y se tramitará de manera física en las instalaciones de las diferentes Direcciones Seccionales:

No. Acuerdo  Código Formato
1 UE 290
2 EFTA 283
3 AAP No. 29 PANAMA 257
4 AAP No. 31 CARICOM 271
5 SGP 250

Para lo anterior, el usuario deberá solicitar el formulario a la División de Gestión de la Operación Aduanera o quien haga sus veces, donde realizará la solicitud del certificado, presentando la(s) factura(s) comercial(es).

El exportador diligenciará el formato(s) respectivo de manera correcta y completa, según lo establecido en cada uno de los Acuerdos Comerciales y deberá radicar la solicitud de expedición en la Dirección Seccional correspondiente debidamente firmados; tener en cuenta para EFTA y UE se deben presentar adicional los formatos de solicitud en original y copia.

De igual manera para todos los certificados, se deberá indicar en la casilla observaciones el número de las declaraciones juramentadas de origen correspondientes y anexar copias de las facturas comerciales relacionadas.

El funcionario habilitado para expedir los Certificados de Origen, hará las verificaciones correspondientes y procederá en consecuencia aprobando o negando los mismos.  El funcionario procederá a numerar, fechar, firmar y sellar según proceda en cada uno de los formatos. El Certificado de Origen aprobado se entregará al usuario de manera física en las instalaciones de la entidad, realizando los registros indicados en el IN-COA-119.

b) Certificados de origen digitales y certificados de origen físicos (hoy expedidos en PDF por medidas covid-19):

Para los Acuerdos siguientes donde se venían expidiendo en formato PDF por las medidas Covid-19, se seguirán expidiendo en éste formato PDF, pero con cambios en el trámite de solicitud por parte de los usuarios y en la emisión y numeración por parte de la DIAN por la contingencia:

No. Acuerdo Código Formato
1 ACE No. 72. COLOMBIA- MERCOSUR 294
2 CAN 255
CAN- PERU
CAN – BOLIVIA
3 COSTA RICA 293
4 AAP No. 28 VENEZUELA 254
5 ACE No. 49 CUBA 255
6 PAR 4 255
7 ISRAEL 296
8 TERCEROS PAISES 260
9 ACE No. 59 CAN-MERCOSUR (*) 273

(*) único certificado de origen de forma preimpresa que se expedirá en PDF.

Para los Acuerdos siguientes donde se venían expidiendo los Certificados de Origen en formatos digitales, se van a expedir en formato PDF:

No.  Acuerdo  Código Formato
1 CHILE –  ACE No. 24 258
2 ALIANZA PACIFICO 292
AP – PERU
AP- CHILE
AP- MEXICO
3 CAN
CAN – ECUADOR 255
4 MEXICO G2 256

Para la solicitud de expedición de este grupo de Certificados de Origen, el exportador o su mandatario deberán descargar el formato de certificado de origen del respectivo acuerdo comercial dispuesto en la página web, diligenciarlo y firmarlo en formato PDF, tener en cuenta que debe señalar en el campo de observaciones el número de la declaración juramentada de origen correspondiente.

El link para descargar los formatos de Certificados de Origen es el siguiente:

https://www.dian.gov.co/aduanas/aspectecmercancias/Paginas/ContingenciaSisOrigen.aspx

Posteriormente deberá enviar la solicitud de expedición del Certificado de Origen a los buzones asignados por las direcciones seccionales donde TRADICIONALMENTE tramita sus Certificados de Origen, anexando la factura comercial correspondiente. Se deberá indicar en el asunto del correo lo siguiente: “Solicitud expedición Certificado de Origen, ACUERDO XXX, RAZON SOCIAL y NIT”, ejemplo “Solicitud expedición certificado de origen, CAN, PEDRO PEREZ LTDA NIT: 999.999.999-9″

Es importante señalar que a la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá, se le debe remitir solamente las solicitudes de expedición de Certificados de Origen bajo el Acuerdo Bilateral México G-2. Los Acuerdos bilaterales con Chile, Ecuador- CAN y Alianza del Pacifico que se venían expidiendo en formatos digitales, se deberán presentar en las Direcciones Seccionales donde TRADICIONALMENTE los venían tramitando.

El funcionario habilitado para expedir los Certificados de Origen hará las verificaciones correspondientes y procederá en consecuencia aprobando o negando los mismos. El certificado de origen se procederá a numerar, fechar, firmar y sellar sobre el formato PDF.

Finalmente, el Certificado de Origen en formato PDF aprobado, se enviará al solicitante al mismo correo electrónico desde donde realizó la solicitud.

La siguiente es la lista de correos electrónicos definidos por las Direcciones Seccionales para la recepción y radicación de las solicitudes de expedición de Certificados de Origen por la contingencia generada en el SIE de Origen:

Dirección Seccional   Correo Electrónico
Aduanas Bogotá [email protected]
Aduanas Barranquilla [email protected]
Aduanas Cali
Aduanas Cartagena [email protected]
Aduanas Cúcuta [email protected]
Aduanas Medellín [email protected]
Impuestos y Aduanas de Bucaramanga [email protected]
Impuestos y Aduanas de Buenaventura [email protected]
Impuestos y Aduanas Ipiales [email protected]
Impuestos y Aduanas de Manizales
[email protected]
[email protected]
Impuestos y Aduanas de Pereira [email protected]
Impuestos y Aduanas de Santa Marta [email protected]
[email protected]