La controversia se aviva, a pocos días de que la Corte Constitucional emita el fallo completo, según el cual se revive la exención del 25 por ciento de la renta a la hora de pagar el tributo con el sistema Imán (impuesto mínimo alternativo).

 

Solo el primer anuncio de la Corte –sobre la decisión–, por medio de un comunicado, llevó a los expertos tributarios a expresar que el alto tribunal “no entendió los alcances del Imán”, método para declarar el impuesto de renta que no contemplaba la exención, porque el Imán no aplica para salarios bajos, sino que grava ingresos altos, de manera progresiva.

 

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Pero la Corte argumentó que su fallo intenta defender el mínimo vital de los ciudadanos, lo que motivó un pronunciamiento del exdirector de la Dian, Juan Ricardo Ortega, autor de la reforma que introdujo el nuevo impuesto.

 

Ortega, si bien señaló que se trata de “un impuesto imperfecto”, es menos peor en comparación con lo que había antes del 2012. “La Corte se equivocó. Debería querer una tributación más justa y entender que el Imán, indiscutiblemente imperfecto, por el momento es mucho menos malo que lo que había, y que lo que se puede sacar por el Congreso”, sostuvo.

 

Argumentó que, en Colombia, el promedio de pago del impuesto de renta, por las personas naturales, es de 3,5 millones de pesos, lo que catalogó como “ridículo” y prueba de la alta evasión que hay, la cual se pretendía reducir con el Imán.

 

“El ingreso promedio de 280.000 familias ricas de Colombia no son 120 millones de pesos al año sobre los cuales tributan. La evasión ahí puede estar alrededor del 70 por ciento. El impuesto promedio de esta gente debería ser siete veces más de lo que vienen pagando”, agregó.

 

Sostuvo que “a la Corte le parece más justo el 25 por ciento de renta exenta del millón de colombianos más ricos que el uso de esos impuestos adicionales, destinados a obras como el acueducto de La Guajira”.

 

Por el contrario, Camilo Rodríguez, de la firma tributaria KPMG, dice que “la conclusión del fallo es acertada. Todo el mundo tiene derecho a un mínimo vital, desde el más pobre hasta el más rico”.

 

Explicó que “hay un problema de concepción del Imán porque estima que las rentas exentas de los empleados son un beneficio tributario y no una minoración estructural, cuando en realidad corresponden a un mecanismo compensatorio frente a la imposibilidad de los empleados de deducir gastos legítimos como vestuario, alimentación, transporte, educación…”.

 

Concluyó que, “si no se reconocen las rentas exentas en el Imán a los empleados, estamos casi que frente a un impuesto plano sobre ingresos y no sobre la renta”.

 

Tomado de: https://www.eltiempo.com/economia/sectores/impuesto-de-renta/16252880