A partir de este martes, y de acuerdo con los dos últimos dígitos del Registro Único Tributario (RUT), inician los vencimientos para que las personas naturales presenten ante la administración tributaria, su declaración del impuesto sobre la renta del 2013.

Se espera que, entre mañana y el 22 de octubre, cerca de 2 millones de personas naturales se pongan al día con esta obligación.

La reforma tributaria del 2012 estableció un nuevo marco para los declarantes, por lo cual hay cerca de 750 mil nuevas personas obligadas a declarar, aunque no todas tendrán que pagar.

El primer requisito a tener en cuenta es estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT), trámite que se puede adelantar en cualquier punto de contacto de la Dian, con el documento de identidad original y una copia. Este paso es gratuito.

Desde que empezó el proceso de pedagogía ciudadana, la Dian ha señalado que quienes tradicionalmente han declarado mediante formularios impresos, se eviten filas o desplazamientos innecesarios y hagan uso de la opción de la página web para el diligenciamiento de los formularios.

Así lo explicó la Directora de gestión de ingresos de la Dian, Cecilia Rico Torres, al señalar que los contribuyentes disponen de tres opciones en www.dian.gov.co para diligenciar la declaración de este impuesto.

Primero, como ‘Usuario registrado’, esta opción permite diligenciar la declaración, presentar e incluso pagar en línea, si así se desea.

Segundo, ‘Habilitando cuenta’, opción que permite crear una cuenta, diligenciar el formulario usando los servicios dispuestos en la web e imprimiendo dos ejemplares, firmarlos y presentarlos en la entidad bancaria, inclusive si no tiene valor a pagar, para que quede debidamente presentada la declaración. Si le resulta saldo a pagar, con la misma declaración puede hacerlo, diligenciando la casilla de pago (980).

Por último, ‘Sin habilitar cuentas, sin claves’, que, al igual que en la opción anterior, permite diligenciar el formulario en la web e imprimir dos copias, firmarlas y presentarlas en el banco. Esta opción es para quienes lo venían haciendo en los formularios impresos.

Ninguna entidad bancaria recibirá formularios descargados de la web de la Dian y diligenciados a mano.

Hay tres tipos de contribuyentes: Empleados, Trabajadores por cuenta propia y Otros contribuyentes.

Cecilia Rico agrega que, para saber la fecha de la declaración, las personas naturales deben guiarse por los últimos dos dígitos de la cédula. “Empieza a partir del 01, 02 y así cada día dos dígitos hasta el 22 de octubre, último día de vencimientos”.

El Gobierno también ha sido enfático en advertir que “declarar no es pagar”, pues el cumplimiento de la obligación tributaria de la declaración no necesariamente significará que se tengan que realizar pagos, puesto que al aplicar las deducciones que sean posibles, como aportes a seguridad social, pagos de créditos hipotecarios, medicina prepagada o educación de hijos, el valor del impuesto a pagar podría ser ‘cero’.



¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA?

Para declarar renta como persona natural se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos: Tener ingresos iguales o superiores a $ 37,5 millones anuales. Tener un patrimonio bruto superior a $ 120,7 millones. Haber hecho compras y consumos, en efectivo o con tarjeta de crédito, superiores a $ 75 millones. Consignaciones, depósitos o inversiones superiores a $ 120,7 millones.

La distribución de los declarantes que maneja la Dian contempla que Bogotá, con 764.463 personas, es la región que más aporta. Antioquia pone 296.601 declarantes, Valle del Cauca, 184.317; Santander, 120.645; Cundinamarca, 79.395; Atlántico, 73.391 y Boyacá, 51.025 personas.

Esta declaración tiene como objetivo mejorar la administración tributaria porque determina quiénes ganan más para que cumplan.

Tomado de: https://www.portafolio.co/economia/declaracion-renta-agosto-2014