La Dirección de Impuestos y Aduanas (Dian) informó ayer que los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE) para la presentación y pago de las declaraciones de impuestos correspondientes a 2012 se restablecerán de forma gradual para evitar mayores riesgos de congestión de la plataforma informática.
En consecuencia, mediante la Resolución 000152, del 09 de agosto de 2013 (ayer), la Dian fijó las fechas en que se restablecerá el servicio del SIE y definió que las declaraciones del impuesto de renta de personas naturales, el gravamen a los movimientos financieros (cuatro por mil), la declaración virtual y pago de la retención en la fuente y la declaración y pago electrónico de la retención en la fuente de la Contribución Empresarial para la Equidad (Cree), se podrán presentar y pagar al día hábil siguiente a esas fechas (desde el lunes 12 de agosto y hasta el viernes 16 -ver cuadro-), sin que se causen sanciones por extemporaneidad ni intereses moratorios.
“La Dian aclara que los pagos realizados por los agentes de retención en las entidades financieras por concepto del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (Cree) durante el lapso en que se declaró la contingencia, se tendrán como recibidos”.
La contralora Delegada para la Gestión Pública, Ligia Borrero, dijo a la República que el organismo hace seguimiento a la implementación de la plataforma tecnológica en la Dian. “Estamos haciendo seguimiento a los correctivos, pero no son de la noche a la mañana, porque los problemas son estructurales”.
Las Dian espera recibir 1,34 millones de declaraciones de personas naturales (unas 150.000 serían virtuales), que pagarían 1,1 billones de pesos (en 2012 pagaron 916.000 millones de pesos) y el recaudo total del impuesto de renta estaría por los 21,4 billones de pesos.
Todo en funcionamiento
Entre tanto, el director de Impuestos en Medellín, Javier Lisardo Montoya Grajales, explicó ayer que mientras permanece la intermitencia en los servicios electrónicos, la Dian permitirá temporalmente que se presente la declaración en los bancos con la cédula del declarante -personas naturales- y sin necesidad del RUT actualizado (Registro Único Tributario), cuya refrendación sigue con dificultades en el sistema informático.
Según el funcionario, los declarantes sí pueden tramitar la declaración en la página de la Dian y presentarla ante un banco, solo con la cédula y sin necesidad de presentar el RUT.
“Estamos poniendo a tono la aplicación que se está desarrollando en la Dian y eso genera alguna dificultad o intermitencia en el servicio”, indicó.
En este sentido, la resolución expedida por la Dian es una precaución para evitar el pánico de los contribuyentes.
“Eso quiere decir que la declaración se puede presentar al día siguiente y sin sanciones… Ese es el sentido de la resolución expedida ayer por la Dian”, indicó el funcionario.
Tomado de: elcolombiano.com