Esto porque el Gobierno no llevó a cabo las consultas previas a las comunidades indígenas y afro que se debían realizar para que éste último entrara a regir.
 

La Corte había declarado una inexequibilidad diferida a dos años del nuevo código minero, esto es, que sus medidas entraron a regir pero condicionadas a que el Gobierno hiciera las consultas y presentara un nuevo proyecto de ley al Congreso cumpliendo todos los requisitos.
 

Ya que estas consultas no se realizaron y la Corte no concedió al prórroga de hasta un año, que había solicitado el ministro del Interior, Fernando Carrillo, las nuevas disposiciones se caen definitivamente y ahora deberán volver a regir las normas anteriores.
 

La Sala Plena de la Corte examinó este miércoles la petición del Gobierno Nacional y determinó que el fallo proferido hace dos años no se podía modificar por ser cosa juzgada.
 

La Corte en sentencia C-366 del 2011 difirió la inexequibilidad a dos años al considerar que ese código nuevo, la ley 1382 de 2010, afectó a las comunidades indígenas y afros.

tomado de:elcolombiano.com