• Con un descuento del 20% en el capital adeudado y del 100% en sus intereses y sanciones, quienes tengan obligaciones pendientes con la ciudad se podrán poner al día pagando hasta el 31 de octubre.
  • Más de 1,5 millones de ciudadanos se beneficiarían con estas medidas.

Bogotá, septiembre 14 de 2020
La Administración Distrital recordó a los ciudadanos que tienen obligaciones tributarias y no tributarias pendientes con Bogotá, que hasta el próximo 31 de octubre se podrán poner al día pagando el 80% del valor del capital adeudado (20% de descuento), sin intereses ni sanciones.

Esta oportunidad, vigente desde el pasado 20 de mayo, hace parte del Decreto 678 del Gobierno Nacional, que acogió Bogotá y que busca aliviar el bolsillo de los deudores de impuestos, tasas, contribuciones y multas de obligaciones no tributarias pendientes de pago.

Más de 1,5 millones de deudores podrán así sanear su situación con el Distrito a través de esta medida, que reduce sustancialmente el valor actual de sus obligaciones. “Y no solo eso, pues contribuirán con la causa que hoy adelantamos entre todos, de aportar juntos por la ciudad para superar las consecuencias económicas del aislamiento obligatorio por la pandemia del COVID-19”, afirma el secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

A la fecha, la Entidad ha recibido 17.404 solicitudes para obtener el beneficio más alto, que vence el 31 de octubre, y se espera en total una recuperación de cartera cercana a los 150.000 millones de pesos, en beneficio de la ciudad y sus ciudadanos.

En línea con el artículo 7 del Decreto 678, la Secretaría Distrital de Hacienda ofrece a las personas que tengan deudas con Bogotá por concepto de obligaciones tributarias y de multas de obligaciones no tributarias -para quedar al día con la ciudad- los siguientes descuentos en intereses y sanciones:

  • Hasta el 31 de octubre de 2020, pagando el 80% del capital adeudado (20% de descuento), sin intereses ni sanciones.
  • Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020, pagando el 90% del capital adeudado (10% de descuento), sin intereses ni sanciones.
  • Entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2021, pagando el 100% del capital adeudado (0% de descuento), sin intereses ni sanciones.

A partir de esta última fecha, quienes aún no hayan pagado tendrán que asumir todos los intereses y sanciones generados hasta ese momento.

Beneficiarios

Entre los beneficiados potenciales con estos alivios están los contribuyentes morosos de impuestos (obligaciones tributarias), que tengan deudas de 2019 y años anteriores, incluidos quienes no han hecho su declaración –omisos- e incluso, los que tienen procesos en curso con la Administración.

Así mismo, quienes tengan deudas atrasadas –anteriores al 20 de mayo de 2020- por concepto de multas de obligaciones no tributarias, como son sanciones generadas por aplicación del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadano; comparendos ambientales; contravenciones urbanas; faltas disciplinarias, y multas contractuales, entre otras.

Para obtener los recibos de pago, por obligaciones tributarias, el contribuyente deberá ingresar a la Oficina Virtual (www.shd.gov.co) y seguir los pasos que el sistema le indique. Si se trata de multas, por deudas no tributarias, el deudor deberá solicitar los recibos de pago en el correo: [email protected].

Más información en https://www.shd.gov.co/shd/node/39194; en las líneas de WhatsApp: 300 2703002 – 301 5488793 – 300 2702526 – 300 3519219 – 300 2702528 – 350 3337011 – 350 3337009 – 301 7875046; en la Línea 195, ó en el teléfono 3385000 (ext. 5581 ó 5523), de lunes a viernes, entre 7:00 a.m. y 4:30 p.m.