De acuerdo con el Ministerio de Trabajo sólo en el 2012 se presentaron 4.849 denuncias por acoso laboral, de las cuales 319 fueron solicitadas por hombres y 333 por mujeres.

En la mayoría de ocasiones el solo hecho de fomentar la competitividad laboral conlleva a una lucha continua entre compañeros de trabajo que por acceso a cargos con mayor poder desencadenan una serie de iniquidades en el ambiente laboral, las cuales terminan por generar un comportamiento equivocado, en especial por aquellos líderes que mal interpretan su rango de superioridad.

Cuando estas personas se extralimitan en sus funciones de supervisor, jefe, coordinador y demás, empiezan a ver a los subordinados como “títeres de uso diario”, quienes deben estar expuestos a cumplir órdenes frecuentes y poco justificadas por parte de los mismos.

Rocío Garzón, abogada de Fidare (empresa experta en protección jurídica total, especializada en derecho laboral y administrativo), considera que la relación de competencia entre los empleados, depende de cómo el empleador estructure el sistema de ascensos, y si la estrategia no es eficiente, el trabajo y convivencia puede convertirse en un verdadero karma.



¿Cómo denunciar estos casos?

El primer paso es buscar asesoría jurídica para poder iniciar un proceso laboral que como servidor público deberá presentar ante la Procuraduría General de la Nación y como empleado privado, ante el Ministerio de Trabajo.

Cuando las situaciones no son controladas a tiempo y la intención de algunos superiores es la de menospreciar el trabajo de los demás, se puede llegar a faltas graves que van en contra de los derechos humanos y básicos del trabajador.

De acuerdo con los abogados laborales el abuso de poder principalmente se da en las siguientes situaciones:


– Carga laboral o técnica del desgaste: cuando su superior le delega demasiadas funciones y tareas que pueden llegar a ser absurdas, incoherentes y/o desproporcionadas, hasta el punto de buscar su deserción.


– Orden-obligación: aquellos mandatos secos, tajantes, sin alternativa ni capacidad de decisión, en especial a aquellas personas que pueden actuar de manera correcta usando el criterio propio.


– Ocultar información verdadera: líderes que teniendo la oportunidad de dar buenos informes de sus subordinados, suelen ocultar el verdadero valor de los mismos, haciendo incluso, manifestaciones contrarias a la realidad a empleados que son claves dentro de la empresa.



– Influencia para impedir que abusos sean denunciados: los responsables se aprovechan de su jerarquía corporativa y de su falta de transparencia para impedirle, hacer públicas las diferentes formas de abuso de poder.



– Eludir responsabilidades directas: disfrazar la relación laboral mediante contratos de prestación de servicios, por obra o labor entre otros, con el fin de evitar el pago de prestaciones sociales o de horas extras sin que se reconozcan suplementarios, también constituye otra forma de abuso de poder.

Según el Ministerio de Trabajo, se considera violencia laboral especialmente cuando existe:


– Agresión física: toda conducta que directa o indirectamente está dirigida a ocasionarle un daño físico.


– Acoso sexual: aquellas situaciones o comentarios reiterados con connotación sexual y que basados en el poder, no son consentidos por quien las recibe.


– Acoso psicológico: cuando los líderes ejercen un maltrato moral o verbal recurrente en el tiempo sobre usted, buscando desestabilizarlo, aislarlo, destruir su reputación, deteriorar su autoestima y disminuir su capacidad laboral para poder despedirlo.

Tomado de: https://www.finanzaspersonales.com.co/trabajo-y-educacion/articulo/cuando-acoso-laboral-segun-ley/53249