Las empresas en muchas ocasiones generan ‘ascensos’ y cargos intermediarios para que algunos de sus trabajadores asuman responsabilidades mayores al cargo por el que fueron contratados. ¿Esto es legal? FP habló con Silvia Consuelo Pardo, Consultora en la línea legal de Nixus Capital Humano, quien recordó las leyes que amparan al trabajador en estos casos y qué puede hacer.

¿Es obligatorio para las empresas incrementar el sueldo, al subir de cargo a un empleado?


Al respecto de los incrementos salariales a los empleados, la Doctrina Constitucional fijada por la Corte Constitucional, en la sentencia SU-519 DE 1997 indica que. “Ha de ser adecuada al esfuerzo que implica la tarea cumplida por el trabajador, a su preparación, experiencia y conocimientos y al tiempo durante el cual vincule su potencia de trabajo a los fines que interesan al patrono. 


El patrono no puede fijar de manera arbitraria los salarios de sus empleados, preferir o discriminar a algunos de ellos, hallándose todos en igualdad de condiciones. Tampoco es admisible que congele indefinidamente los sueldos, absteniéndose de hacer aumentos periódicos acordes con la evolución de la inflación, menos todavía si al proceder en esa forma aumenta cada cierto tiempo los salarios de algunos empleados y no los de otros.”


De lo anterior se deduce que si un empleador, decide ascender a un trabajador de su cargo a uno de mayor jerarquía y responsabilidad, lo hace teniendo en cuenta criterios tales como la preparación, la experiencia y los conocimientos, entre otros factores, razón por la cual en cumplimiento de la Doctrina constitucional debe ajustar el salario a las nuevas condiciones del cargo.


¿Cuáles son las implicaciones legales de no hacerlo?


Al subir de cargo a un empleado y no subirle su salario, claramente se le estarían vulnerando derechos fundamentales a la igualdad, al principio de a trabajo igual salario igual, a la remuneración proporcional al trabajo, los cuales han sido tutelados ampliamente por los jueces de la república y ratificados por la Corte constitucional.


De otro lado al omitir este deber de nivelar salarios y demás aspectos laborales el trabajador podría realizar algún tipo de reclamación por inequidad laboral, como modalidad de acoso laboral por parte de las directivas de la empresa.


¿Se debe cambiar el cargo y obligaciones en el contrato laboral inicial de la persona?


Cuando el empleador decide subir de cargo al trabajador, obviamente cambian también las obligaciones, por lo que es necesario dejar estos cambios por escrito mediante OTRO SI al contrato inicial, indicando claramente el tiempo desde que inicia el trabajador sus labores en el nuevo cargo, así como sus obligaciones y su remuneración.


¿Qué puede hacer el empleado para que le reconozcan su posición en salario y cargo en el contrato?


En caso que esta situación se presente como una modalidad de acoso laboral (inequidad laboral), se deberá acudir al comité de convivencia laboral a fin de realizar los ajustes necesarios dentro del contrato.


En caso de no ser competencia del Comité o no cumplirse los acuerdos planteados, sería oportuno que el trabajador eleve la petición por escrito al área de Recursos Humanos o Directivos, en donde se indique de manera clara y precisa que su solicitud es establecer en el contrato sus nuevas funciones y salario.


De no ser atendida la petición del trabajador al interior de la empresa, puede acudir a instancias administrativas como el Ministerio del Trabajo, en donde solicita se cite a la empresa a fin de que ésta cumpla con sus obligaciones y solicitudes del trabajador


Finalmente y en última instancia es posible para el trabajador acudir a la vía judicial para reclamar sus derechos laborales, que considere vulnerados.


¿Qué debe hacer el empleado si quiere demandar?


Si el trabajador insiste en llevar a instancias judiciales este aspecto, podría acudir a la acción de tutela, a fin de garantizar el ejercicio de sus derechos fundamentales en este caso a la dignidad, igualdad, al trabajo en condiciones dignas y justas, o realizar un proceso ordinario a fin de obtener un ajuste salarial.


¿Es posible que el trabajador sea despedido por la demanda o reclamación?


Que el trabajador haga una reclamación o instaure una demanda en donde solicita se reconozcan sus derechos laborales, no es una causal legal para dar por terminado el contrato de trabajo, razón por la cual de dársele por terminado el contrato de trabajo por este hecho, es necesario por parte de la empresa pagar la indemnización correspondiente a un despido sin justa causa.


De otro lado y si el tema fue conocido a través del comité como una queja de acoso laboral, el trabajador gozaría del fuero laboral contemplado en la Ley 1010 de 2006, y no podría dársele por terminar el contrato de trabajo.

Tomado de: https://www.finanzaspersonales.com.co/trabajo-y-educacion/articulo/que-hacer-ascienden-no-suben-sueldo/53217