El Consejo Técnico de la Contaduría Pública en su carácter de organismo gubernamental de normalización técnica de normas contables de información financiera y de aseguramiento de la información, atendiendo a lo dispuesto en la artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 13 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011 y el numeral 3° del artículo 33 de la Ley 43 de 1990, procede a responder una consulta.

CONSULTA (TEXTUAL)

Estoy interesado en comprar un programa contable que maneje o manipule sus cuentas bajo NIIF, ya que para el 2015 tendremos que empezar a contabilizar comparativo bajo las dos formas (US GAAP Y NIIF).

Me gustaría me confirmen:

1) Si todos los programas están certificados para operar bajo 2) Si no lo están cual podría comprar para comenzar a operar.
Quedo atento de sus comentarios y recomendaciones.

CONSIDERACIONES Y RESPUESTA

Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

En orden a los planteamientos e inquietudes del consultante, nos permitimos señalar:

No es competencia del CTCP el tema de la certificación del software de contabilidad y desconocemos si alguna entidad hace esta certificación.

Lo usual es que las compañías adquieran el software contable con base en las ofertas del mercado y sus necesidades de información.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

Cordialmente,

WILMAR FRANCO FRANCO

Presidente

Proyectó: María Amparo Pachón Pachón.

Consejero Ponente: Wilmar Franco Franco.

Revisó y aprobó: WFF/GSC/GSA/DSP