De Computationis Jure Opiniones
Número 1211, marzo 9 de 2015

Para el primero, el profesional debe “(…) mantener el conocimiento y la aptitud profesionales al nivel necesario para asegurar que el cliente o la entidad para la que trabaja reciben servicios profesionales competentes basados en los últimos avances de la práctica, de la legislación y de las técnicas (…)” –párrafo 100.5-  y para la segunda “(…) El Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria. (…)”-artículo 37.7-.

Algunos han planteado que el enfoque de competencias es nuevo. Como se ve, ello no es así. Ciertamente es necesario que los profesionales sepan usar los conocimientos en la resolución o tratamiento de asuntos concretos. La competencia supone la interacción, simultánea, de conocimientos, actitudes y habilidades.

 

Cuando una persona egresa de la universidad está al principio del camino para llegar a ser un profesional competente. Se supone que lleva dentro de sí los fundamentos necesarios para afrontar los retos de la vida profesional y desarrollarse como practicante.

 

Con el paso del tiempo, el contable debe asumir el cambio. En nuestro país muchos profesionales aprenden los nuevos procedimientos que se derivan de las disposiciones legales emergentes. Asisten a varias conferencias y, algunos, a cursos más o menos largos, usualmente llamados seminarios y diplomados. Pocos logran participar en eventos de la profesión, como foros, simposios, congresos y cumbres. Es claro que en todas estas actividades se aprende. En unas más que en otras, puesto que la mayoría no implican exámenes para evidenciar el aprendizaje.

 

Sin embargo, son escasísimos los contadores que se mantienen al tanto de los últimos avances de la ciencia contable. Casi no hay lectores de las revistas científicas, mientras muchos se sienten muy atraídos por las publicaciones que orientan sobre cómo innovar los servicios ofrecidos a la clientela. Esto es lo que los distancia, cada vez más, de la academia. Mientras esta especula, aquellos son pragmáticos.

 

Creemos que, como en varios países, el legislador debe disponer medios concretos de demostración de la competencia profesional, a los cuales haya que recurrir en forma periódica. Esta idea es rechazada por muchos profesionales en ejercicio que ven un riesgo de descalificación, que podría llevarlos a no poder ejercer. En parte tienen razón. Quienes han elaborado exámenes han planteado escrutinios generales cuando en la realidad los profesionales trabajan en forma especializada. Así puede haber un contador con muy bajo conocimiento de los impuestos por estar dedicado a menesteres diferentes.

Hernando Bermúdez Gómez

Pontificia Universidad Javeriana
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Número 1211, marzo 9 de 2015