Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 1004, Octubre 14 de 2014

Recuérdese que las normas permiten que el contador público esté vinculado laboralmente a la empresa declarante (véase, por ejemplo, el artículo 596 del Estatuto Tributario)

Hay que tener claro que frente a las mencionadas declaraciones los revisores fiscales siempre actúan en calidad de auditores, mientras los contadores públicos pueden actuar como preparadores o como auditores de los denuncios rentísticos (es muy probable que en la mayoría de los casos estén actuando como preparadores, pero no se conoce un estudio al respecto).

El artículo 581 del Estatuto Tributario da los mismos efectos a la firma de cualquier profesional, pasando por alto que el artículo 1° de la Ley 43 de 1990 establece que “(…) La relación de dependencia laboral inhabilita al Contador para dar fe pública sobre actos que interesen a su empleador (…)” y haciendo caso omiso de las diferencias que hay entre un contador preparador y uno auditor.

Según el Informe rendición de cuentas vigencia 2013 presentado por la Junta Central de Contadores, de 1062 procesos activos, 408 provenían de la DIAN.

Algunas de las denuncias han provocado sanciones a varios contadores, resultando preocupante que según los informes de la Junta en diversos casos los profesionales se prestaron para engañar al fisco y obtener beneficios mediante la presentación de información falsa.

Dicha información confirma el conflicto que supone servir a un cliente y al mismo tiempo tener que proteger los intereses del Estado. Todos sabemos que muchos clientes quieren tributar lo menos que puedan y que la autoridad tributaria, en cambio, busca la mayor contribución posible. El cliente contrata y paga el servicio, mientras la administración tributaria se beneficia de él. El contador público debe abogar por un nivel de tributación ajustado a la ley, más, desafortunadamente, como quedó señalado, hay casos en que ciertos profesionales han optado por incurrir en falsedades para engañar a la autoridad tributaria y beneficiar ilegítimamente a sus clientes.

Recientemente Russell Guthrie (IFAC Executive Director, Professional Relations and CFO), en su artículo The Role of Professional Accountants in the Proper Functioning of Taxation Systems, señaló que los contadores “(…) Play an important role in combating tax evasion (…)”.

La gran pregunta que brota de esta situación es ¿qué podría contemplar la ley para evitar que la necesidad de mantener el empleo supere el deber de obrar en favor de la verdad?

Es claro que las universidades tienen la gran obligación de trasmitir un mensaje ético, fuerte, claro y decididamente comprometido con la verdad.

Hernando Bermúdez Gómez

Pontificia Universidad Javeriana
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Número 1004, Octubre 14 de 2014