Respuesta: El articulo 593 del Estatuto Tributario consagra lo siguiente:

Artículo 593. Asalariados no obligados a declarar. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1o. del artículo anterior, no presentarán declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, los asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un ochenta por ciento (80%) de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el respectivo año gravable se cumplan los siguientes requisitos adicionales:

  1. Que el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable no exceda de 4.500 UVT.
  1. Que no sean responsables del impuesto sobre las ventas.
  1. 3.  Derogado por el artículo 190 de la Ley 1607 de 2012 (…) (Se resalta)

El numeral tercero  del artículo  593 del  Estatuto Tributario  consagraba  como  uno de  los requisitos, para que un asalariado no estuviera obligado a presentar declaración del impuesto de renta y complementarios, que sus ingresos brutos en el respectivo año gravable no fueran totales o superiores a 4.073 UVT, éste valor era el resultado de una modificación que en su momento trajo el artículo 15 de la Ley 1429 de 2010.

El articulo 15 de la Ley 1429 de 2010 fue derogado por el artículo 198 de la Ley 1607 de 2012, situación que implicó acudir a lo señalado en el numeral primero del artículo 592 del Estatuto Tributario, para efectos de establecer el requisito de ingresos antes mencionado.

Este numeral señala que no están obligados a presentar declaración de renta y complementarios, los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto a las ventas, que en el respectivo año o período gravable hayan obtenido  ingresos brutos inferiores 1.400 UVT.

En ese orden de ideas, a fin de establecer si se encuentra obligado a presentar declaración de impuesto renta y complementarios, se deben computar dentro de sus ingresos, aquellos obtenidos por enajenación de activos fijos y los provenientes de loterías, rifas, apuestas o similares.

Concepto DIAN 45542 de 2014