·         La nueva Ley 1715 de 2014 promueve el aprovechamiento de las fuentes no convencionales de energía, así como al fomento de la inversión, la investigación y el desarrollo de tecnologías limpias.

·         Se creará el Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía, orientado a financiar los programas de eficiencia energética. 

El Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, y el Ministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta Medina, anunciaron desde Cartagena la sanción de la Ley 1715 de 2014 que regula la integración de las energías renovables no convencionales al sistema energético nacional.

Con esta norma, Colombia continúa dando pasos importantes en procura de un sistema energético más limpio, que involucre a las administraciones públicas, a la empresa privada y a las autoridades locales, e incentive la penetración de las fuentes no convencionales de energía con criterios de sostenibilidad medioambiental, social y económica.

“Menos contaminación y mayor eficiencia es el objetivo de esta iniciativa”, afirmó el Ministro Acosta, quien agregó que “mediante esta Ley se declaran las energías renovables como asunto de utilidad pública, de interés social y de conveniencia nacional, dado el carácter substancial que tiene la utilización de estas fuentes no convencionales en la protección del medio ambiente y en el uso eficiente de la energía”.

El Gobierno Nacional implementará un programa destinado a sustituir progresivamente la generación con diésel en las Zonas No Interconectadas (ZNI) con el objetivo de reducir los costos de prestación del servicio y las emisiones de gases contaminantes. Además, se creará el Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía para financiar programas de eficiencia energética.

La nueva Ley establece también el marco legal y los instrumentos necesarios para la promoción y aprovechamiento de las fuentes no convencionales de energía, así como para el fomento de la inversión, la investigación y el desarrollo de tecnologías limpias para la producción de energía; la eficiencia energética y la respuesta de la demanda en el marco de la política energética nacional. Además, se establecen incentivos para inversión en generación de energías no convencionales.

La Ley sancionada busca también establecer planes de actuación para fomentar el aprovechamiento energético de la biomasa agrícola y forestal, los residuos sólidos que no sean susceptibles de reutilización y reciclaje, el recurso eólico en proyectos de generación en Zonas No Interconectadas (ZNI), y el potencial de la geotermia y la energía solar.

Al respecto, el Ministerio de Minas y Energía promoverá el desarrollo de soluciones híbridas que combinen fuentes locales de generación eléctrica con fuentes diésel y minimicen el tiempo de funcionamiento de los equipos diésel en coherencia con la política de horas de prestación del servicio de energía para las ZNI.

Así mismo, en desarrollo del Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROURE) y demás formas de energía no convencionales, el Ministerio de Minas y Energía, junto a los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y de Hacienda y Crédito Público, deberá desarrollar una serie de instrumentos técnicos, jurídicos, económico-financieros, de planificación y de información, entre los que se contempla un plan de acción indicativo para el desarrollo del PROURE, reglamentaciones técnicas, sistemas de etiquetado e información al consumidor sobre eficiencia energética, y campañas de información y concientización.

(Fin/ARG)

Fuente:

https://www.minminas.gov.co/minminas/index.jsp?cargaHome=2&opcionCalendar=10&id_comunicado=988