Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 899, Junio 02 de 2014

La eficacia de una cobertura está orientada a determinar si los cambios del valor razonable o de los flujos de efectivo de la partida cubierta son compensados por los cambios del valor razonable o de los flujos de efectivo del instrumento de cobertura.

El test de eficacia requiere de una evaluación tanto prospectiva como retrospectiva del instrumento de cobertura y de la partida cubierta.  La evaluación prospectiva de la relación de coberturas, muestra las expectativas de la cobertura en el futuro, esta evaluación debe realizarse al inicio de la cobertura y por lo menos al final del periodo sobre el que se informa. Por su parte, la evaluación retrospectiva refleja los resultados de eficacia que ha tenido la relación de cobertura durante el periodo contable.

Para la aplicación del test prospectivo se pueden emplear diferentes métodos, los cuales no son específicamente determinados en la NIC 39.  Algunos métodos empleados pueden orientarse a usar valoraciones cuantitativas respecto de si los términos establecidos en el instrumento de cobertura y los de la partida cubierta coinciden exactamente, valorar la relación de cobertura eficaz a partir de datos históricos de periodos anteriores, en este caso se emplea un enfoque de regresión lineal o aplicar análisis de escenarios, modelando la eficacia sobre posibles escenarios, en este caso usualmente se utiliza el método de simulación de Monte Carlo.

Este análisis prospectivo debe ser riguroso, en la medida que la evaluación retrospectiva no emplea el efecto de que exista un cambio significativo en el riesgo de crédito de la contraparte.

El análisis retrospectivo debe comprender por lo menos el periodo anual o el periodo de la información financiera intermedia. En este enfoque el término de eficacia está dado por el rango de cobertura entre el 80% y 125% en términos de compensación entre el valor razonable o los flujos de efectivo del instrumento de cobertura y la partida cubierta.

Ahora bien, la NIC 39 no especifica un método particular para estas evaluaciones, una videncia más de la importancia del juicio profesional que debe tener, no sólo, el preparador de la información financiera sino también el analista de riesgos de la entidad.

Martha Liliana Arias Bello

Pontificia Universidad Javeriana
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Número 899, Junio 2 de 2014