Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 894, Mayo 26 de 2014

A partir de la ley 448 de 1998 se establece el manejo de las obligaciones contingentes de las entidades estatales, dado el impacto implícito o explícito que pueden tener en la sustentabilidad fiscal del país. La labor de diseñar políticas para identificar, valorar y mitigar este tipo de obligaciones le corresponde al Ministerio de hacienda y Crédito Público- MHCP, a través de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional. La contabilidad fiscal distingue entre pasivos tradicionales y contingentes. En los tradicionales el monto y el plazo de las obligaciones que se contraen se conocen de antemano; en los contingentes, tanto el monto como el plazo dependen de la ocurrencia de eventos futuros e inciertos, pero que son exigibles si las variables subyacentes toman determinados valores o se encuentran en rangos específicos (MHCP, 2012).

Los pasivos contingentes implícitos se asocian a las expectativas del público sobre la intervención del Estado en diferentes situaciones sociales adversas de gran impacto, como el rescate del sistema financiero, así el gobierno no haya otorgado garantías formales al sector, o la ayuda humanitaria y la reconstrucción de infraestructura después de desastres naturales, aun en ausencia de obligaciones legales o formales. Los pasivos contingentes explícitos se derivan de instrumentos vinculantes de tipo legal o contractual, como el otorgamiento de garantías en operaciones de crédito público y garantías de demanda de ingresos en contratos de concesiones.

Su naturaleza contingente dificulta tenerlos en cuenta en la estimación del pasivo explícito del sector público, presentando un gran obstáculo, por la incertidumbre del monto y plazo, para los sistemas contables y las normas internacionales de contabilidad fiscal,  dejándolos de lado por su difícil valoración o porque sus efectos fiscales solo serán evidentes en el momento de materializarse la contingencia. Aunque es una labor compleja, se vienen desarrollando metodologías para valorar los diferentes riesgos generadores de pasivos contingentes, que estiman las probabilidades de ocurrencia, niveles de exposición, plazos, cuantificación del impacto fiscal, mecanismos de retención y transferencia de riesgo, entre otras variables. Valorar los pasivos contingentes es un avance importante en el análisis fiscal, que ha permitido una mejor política de manejo de los riesgos para transferirlos a quienes están en capacidad de gestionarlos.

¿Interviene en esto la Contaduría General de la Nación-CGN? No, dirá o dirá que no es asunto suyo, que la contabilidad fiscal es del MHCP, la contabilidad presupuestaria de la Contraloría General de la República (¿?), la contabilidad nacional del DANE, La contabilidad de flujos financieros del Banco de la República. ¿Qué queda? ¡ah!, la contabilidad financiera, la menos utilizada en las decisiones Estatales. Se debe pensar en una mejor integración de estos sistemas, porque la desintegración contable pública no contribuye al desarrollo del país. Son necesarias reformas constitucionales.

Iván Jesús Castillo Caicedo

Pontificia Universidad Javeriana
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Número 894, Mayo 26 de 2014