Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 864, Marzo 05 de 2014 

Si la contabilidad no cambiara el citado decreto no hubiera dejado de ser pertinente.

La falta de evolución del reglamento contable no fue observada por la gran mayoría, quienes además experimentaron cierto bienestar fruto de la gran estabilidad del ordenamiento, lo que trajo consigo un gran empoderamiento sobre las normas.

A remediar ese estancamiento se dirigió la Ley 1314 de 2009. En el momento en el cual esto se escribe ya se ha puesto en marcha el reemplazo del sistema único previsto en el decreto de 1993, por una estructura que maneja tres subconjuntos. Aunque, entonces, ya ha tenido lugar una evolución normativa, aún está lejos de operar un cambio técnico y un refrescamiento intelectual, aspectos que son indispensables para considerar que el paso a adelante efectivamente se consolidó.

En ese estado de cosas hay quienes han planteado que, dada la innovación introducida por los decretos de diciembre de 2012 y de 2013, se han cumplido los cometidos del Consejo Técnico de la Contaduría Pública y han dado a entender que en su concepto dicho organismo debiera desaparecer por falta de cometido.

Se equivocan quienes así piensan y, más bien, queda al descubierto su poco entendimiento de la dinámica contable. Basta mirar el plan de trabajo de IASB para advertir la inmensa tarea que se tiene por delante en el mediano plazo.

Tienen más razón los que plantean que los permanentes cambios introducidos a los IFRS tendrán fuertes costos económicos y sociales. Recuérdese que en Europa se acordó con IASB una plataforma estable durante unos años, que facilitara la transición. En Colombia las normas apenas empiezan a aplicarse y ya están sobre el tapete 3 modificaciones que tienen un amplio alcance sobre el universo de las normas.

La existencia de tres subconjuntos de entes económicos y la frecuente modificación de los estándares traerá consigo profundos cambios culturales en los contadores públicos. Si la cosa no se maneja adecuadamente cobrarán fuerza las voces de quienes ven en esto inestabilidad y esfuerzos mayores que los beneficios.

En medio del escenario descrito se echan de menos las tareas de socialización que la citada ley de 2009 encomendó a los ministerios de educación, hacienda y comercio, las que han debido movilizar las facultades de contaduría, todo bajo la coordinación del CTCP. Las pocas actas publicadas muestran deliberaciones y propuestas. No más.

Es hora de una política contable pública clara y comprensible, socialmente conocida y respaldada.

Hernando Bermúdez Gómez 

 Pontificia Universidad Javeriana
De Computationis Jure Opiniones
Número 864, Marzo 05 de 2014