(……) Mediante Resolución N° 013 de 2014, se reglamenta la inscripción en el registro profesional y la expedición de la tarjeta profesional de Contador Público y la tarjeta de registro de las Entidades que presten servicios propios de la Ciencia Contable.

Consulte la Resolución aquí

…”ARTICULO 15°. Los Contadores Públicos en la información anual de actualización de datos deben reportar: nombres y apellidos completos, documento de identificación, número de tarjeta profesional, dirección de domicilio comercial y de residencia, ciudad, departamento, teléfono fijo y celular, correo electrónico, estudios de posgrado, cargos o actividades de desarrollo profesional.”

Tomado de:  https://www.jcc.gov.co/actualizacion-de-datos